miércoles, 13 de noviembre de 2013

VELOCIDADES MÁXIMAS DE LAS AUTOCARAVANAS SEGÚN EL NUEVO REGLAMENTO

El nuevo reglamento, presentado el pasado 28 de mayo ante el congreso, modifica las velocidades máximas de circulación de nuestras autocaravanas en los diferentes tipos de vías. De esta manea aumentará cuando se trae de autovías y autopistas, mientras que disminuirá cuando se trae de carreteras fuera de poblado.

Os dejamos el siguiente extracto donde se sintetiza el enfoque de la nueva normativa para nuestros vehículos:

 “Entre otros cambios que se acometen, se encuentran diferentes aspectos relacionados con el sector de las autocaravanas, siguiendo la línea trazada en la Proposición no de Ley, aprobada por el Pleno del Senado, el 9 de mayo de 2006, instando al Gobierno a apoyar el desarrollo de la actividad autocaravanistaen España.
Por una parte, el límite de velocidad se equipara a nivel europeo, diferenciándose, como en el resto de los vehículos, en función de su masa máxima autorizada. …”
VELOCIDADES MÁXIMASPor una parte, el límite de velocidad se equipara a nivel europeo:
Para autocaravanas de hasta 3.500 kilos de MMA: Autopista/Autovía: 120 km/hora (hasta ahora, el límite permitido era de 100 km/hora);
  • En carreteras convencionales: 90 km/hora;
  • Carreteras convencionales con plataforma inferior a6,5 metrosde anchura y con marca longitudinal de separación entre sentidos: 70 km/hora (hasta ahora, el límite permitido era de 80 km/hora).
Para autocaravanas de más de 3.500 kilos de MMA:
  • Autopista/Autovía: 100 Km/hora (hasta ahora, el límite permitido era de 90 km/hora);
  • En carreteras convencionales: 80 km/hora;
  • Carreteras convencionales con plataforma inferior a6,5 metrosde anchura y con marca longitudinal de separación entre sentidos: 70 km/hora (hasta ahora, el límite permitido era de 80 km/hora).
Fuente: Autocaravanista

No hay comentarios:

Publicar un comentario