El Parlamento Europeo ha aprobado la Directiva 2011/82/UE por la que se
facilita la información transfronteriza sobre infracciones de tráfico en materia
de seguridad vial. Esta directiva prevé el intercambio transfronterizo de datos
sobre infracciones de tráfico que permitirá que las multas por infracciones
cometidas en otro país comunitario lleguen a los conductores.
Afecta a las infracciones cometidas con un vehículo matriculado en un Estado
miembro de la Unión Europea, distinto de aquel en el que se ha realizado la
infracción, a excepción de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, ya que en estos
países no se aplica la nueva directiva.
En las multas que reciben los conductores españoles, se está aplicando el
procedimiento sancionador y las cuantías previstas para las multas del país
donde se haya cometido la infracción.
No están incluidas las multas de importe inferior a 70 €.
Las infracciones contempladas en la directiva son:
1 - Exceso de velocidad.
2 - No utilizar el cinturón.
3 - Pasar un
semáforo en rojo.
4 - Conducir bajo los efectos del alcohol.
5 -
Conducir bajo la influencia de drogas.
6 - No utilizar un casco los
motoristas
7 - Conducir por un carril prohibido.
8 - Utilizar
ilegalmente un teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación
mientras se conduce.
Fuente: Encaravana
Caravanas Costa Verde
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